El PSOE quiere combatir la reduflación obligando a informar si un producto 'encoge' y mantiene el mismo precio

Es una práctica cada vez más común contra la que ya están tomando medidas en otros países europeos

Patxi Lopez
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El Congreso de los Diputados ha admitido a trámite una proposición de ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista para modificar la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios con el fin de prevenir la reduflación y proteger los derechos de los consumidores.

Esta propuesta ya había planteada y aprobada como proposición no de ley el pasado 11 de septiembre en el Pleno del Congreso, instando al Gobierno a frenar una práctica cada vez más común por parte de las empresas de alimentación y otros productos preenvasados, mediante la cual se reduce el tamaño de los mismos manteniendo el mismo precio que el formato anterior. En otras palabras: pagamos más sin darnos cuenta.

En su exposición, Patxi López Álvarez, portavoz del Grupo Parlamentario Socialista, ha argumentado que el 54% de los españoles han notado una reducción del tamaño de los productos en su compra habitual, según un estudio de la consultora IPSOS, y 6 de cada 10 consideran la práctica como «inaceptable». Además, ha mencionado las iniciativas que se están llevando al respecto en otros países europeos como Francia o Alemania, donde la Ley de envasado ha sido modificada para impedir prácticas comerciales desleales y garantizar que la información en los envases sea clara y precisa, prohibiendo usar «envases engañosos».

Así, se propone añadir un nuevo párrafo en el artículo 20 del texto refundido de la Ley General de Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias:

Cuando se ponga a la venta un producto de consumo preenvasado con una  cantidad nominal constante, deberá informarse de forma clara y comprensible a las  personas consumidoras siempre que se reduzca dicha cantidad y esta se traduzca  en un aumento del precio por unidad de medida, manteniendo el mismo o similar  diseño en su envase. Este deber de información se considerará cumplido cuando se  indique de forma legible y visible en el punto de venta final la reducción de la  cantidad envasada y el aumento de precio en consecuencia durante un plazo no  inferior a 90 días desde la primera comercialización del producto con las nuevas  características.

La Mesa de la Cámara ha acordado admitir a trámite esta proposición de ley, la cual entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del
Estado.

Imagen | Congreso de los Diputados

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